La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad el Fondo de Pensiones para el Bienestar, al determinar que el esquema es constitucional. La resolución establece que la transferencia de recursos de determinadas cuentas inactivas de las Afores no implica un cambio en la titularidad de los ahorros, sino en la institución encargada de administrarlos. El proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que las y los trabajadores, pensionados y beneficiarios conservan el derecho de reclamar sus recursos mediante los mecanismos establecidos. La resolución también abordó cuestionamientos relacionados con el proceso legislativo de la reforma y concluyó que las irregularidades señaladas no fueron suficientes para impedir la deliberación democrática en el Congreso. El fallo representa un respaldo jurídico a uno de los principales cambios impulsados en materia de pensiones durante la administración de la Cuarta Transformación. El Fondo comenzó a operar en julio de 2024 y tiene como objetivo complementar las pensiones de trabajadores bajo determinados regímenes para mejorar el ingreso que reciben al momento de su retiro. Post navigation Detienen en CDMX a contador vinculado con empresas del hermano de ‘Alito’ Moreno Morena condena altercado con el PRI en San Lázaro y respalda a Arturo Ávila